Viernes, 20 Agosto 2021
Decreto-Ley No. 259/08
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usufructo 259.pdf (1951 visto)
ARTICULO 1.-Se autoriza la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de usufructo a personas naturales o jurídicas, las que serán utilizadas en forma racional y soste-nible de conformidad con la aptitud de uso del suelo para la producción agropecuaria.
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